Buscar este blog

jueves, 9 de enero de 2014

#NumeroDePlacaYa ★ Agresión Policía España Ley Identificación Antidisturbios Carga Policial



Publicado el 15/05/2012
Comparte el link del vídeo para que lo vea más gente.
Resumen del vídeo, actualizado el 1 de Diciembre de 2013.

■ N O T I C I A ■

LA POLICÍA LLEVARÁ UN CÓDIGO DE IDENTIFICACIÓN
Con el objetivo de acabar con las supuestas denuncias falsas a sus números de funcionario. Ahora los antidisturbios llevarán un "Código de identificación" en el chaleco y que cambiarán cada día. (Actualizo: Al principio se veía algún número, pocos, ahora después de unos de meses no llevan casi ninguno.)

■ P R E S E N T A C I Ó N ■

¿No estas de acuerdo con alguna decisión del gobierno?
No estás obligado a callar. Tienes derecho de manifestación.
Pero antes debemos cambiar algo.
¿¡Quién es este policía que me esta golpeando la cabeza!?
No criticamos una profesión, si no a los malos profesionales.

- La ley obliga que los agentes exhiban este distintivo de identificación en el uniforme y equipo de trabajo. Puede leerlo en la 2ºpágina, 4ºpárrafo:
http://www.boe.es/boe/dias/2009/05/30...

- Los agentes llevarán obligatoriamente el carné profesional, y será exhibido cuando sea requerido por los ciudadanos. Puede leerlo en la 2ºpágina, Art. 21. Dos.:
http://www.boe.es/boe/dias/1987/12/05...

En los últimos 29 años solo han gobernado dos partidos.
El PSOE gobernó 6 veces y el PP 3.
¿Quién es el culpable de la corrupción en nuestro país?
N O L E S V O T E S . c o m

■ R E S U M E N ■

Al Sr./Sra. Presidente/a y señores/as Diputados/as del Congreso:

1. El "número de placa" permite el derecho de los ciudadanos a identificar a los agentes individualmente y así poder denunciar comportamientos ilegales. La actual disposición del número de identificación en el uniforme favorece que los agentes se lo despeguen intencionadamente, actuación muy frecuente en situaciones propensas a cometer una infracción.

2. No poder identificar a un agente, anula casi toda posibilidad de denuncia. Exigimos que el número de identificación no se pueda retirar del uniforme, ya que es una posibilidad absurda y sin sentido, además de su también inseparable y lógica incorporación al chaleco antidisturbios.

3. Para garantizar que se cumpla esta ley, su incumplimiento debe recibir una sanción igual de severa como la que pudiera recibir el agente por cometer el más grave de las infracciones de su profesión. Igualmente cuando el agente no muestre su carné profesional a petición de un ciudadano. De esta manera se evita que a los agentes les merezca la pena ocultar su identidad.

4. Abuso de autoridad, agresión verbal, golpes por encima de la cintura, golpes con las botas, casco.. Estas infracciones, aún considerándose como "graves" su sanción es insignificante, unos días de suspensión de empleo y sueldo. Deben sancionarse de forma más severa aumentando la cantidad de tiempo, multa o prisión, asemejándose al castigo que en la misma situación recibiría como ciudadano.

Exigimos que estos cambios se apliquen o se decidan por votación de los españoles.

■ E N L O S P E R I Ó D I C O S ■

http://www.lavanguardia.com/politica/...
http://www.publico.es/espana/379461/l...
http://ccaa.elpais.com/ccaa/2012/05/1...
http://www.abc.es/agencias/noticia.as...


Bloggers

MAS POPULARES ÚLTIMOS 30 DÍAS